La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) supone una sustancial modificación del régimen sobre protección de datos de personas físicas que anteriormente se contenía en la ya derogada LORTAD.y establece una serie de obligaciones para las empresas, los profesionales autónomos y las administraciones públicas que sean titulares de datos de carácter personal.
Con motivo de la entrada en vigor de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico 34/2002, de11 de julio, (en adelante LSSI) surgen una serie de obligaciones para aquellas empresas que presten servicios a través de las redes de telecomunicaciones.
Un nuevo signo distintivo para un nuevo ámbito de desarrollo como es Internet, ha provocado ya numerosos conflictos con los sistemas de identificación tradicionales. En el ámbito de la propiedad intelectual, y relacionado con el derecho de las nuevas tecnologías, nos encontramos con distintos casos en las que podemos necesitar asesoramiento de profesionales, como son la Protección de páginas Web, Robo y recuperación de dominios.
Con motivo de la entrada en vigor de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico 34/2002, de11 de julio, (en adelante LSSI) surgen una serie de obligaciones para aquellas empresas que presten servicios a través de las redes de telecomunicaciones.